Lo esencial
- Reforma sin afectar a la estructura: declaración responsable (artículo 233.1 del TRLOTUP).
- Obras en la estructura, demolición o cambio de uso: declaración responsable acompañada de una certificación de un organismo de certificación administrativa o un colegio profesional (artículo 233.2).
- Construcción nueva, movimientos de tierras, casa prefabricada: licencia urbanística (artículo 232), plazo de respuesta de dos meses en principio (artículo 240).
- Con el expediente completo, la declaración responsable permite empezar la obra desde su presentación; el ayuntamiento controla después (artículo 241.3).
- ICIO: impuesto municipal sobre las obras, que el ayuntamiento puede establecer, con un tipo máximo del 4 % del coste de ejecución (artículos 59 y 102 del TRLRHL).
Declaración responsable o licencia: la norma valenciana
Las normas urbanísticas de la Comunidad Valenciana están reunidas en un único texto, el TRLOTUP (Decreto Legislativo 1/2021). Distingue las obras sujetas a licencia, las que se tramitan mediante declaración responsable y las que requieren una declaración acompañada de una certificación.
La declaración responsable es un expediente que presentas en el ayuntamiento, en el que declaras que la obra cumple la normativa. Produce los mismos efectos que una licencia (artículo 241.4), sin esperar respuesta.
| Obra | Régimen | Artículo |
|---|---|---|
| Reforma sin alteración de la estructura, mantenimiento sin andamiaje en la vía pública | Declaración responsable | 233.1.c |
| Reforma que modifica el aspecto interior o exterior, sin sustituir elementos estructurales principales | Declaración responsable | 233.1.b |
| Muros no estructurales, vallado de parcelas | Declaración responsable | 233.1.e |
| Obras en la estructura, demolición, cambio de uso, obras en el subsuelo | Declaración responsable con certificación | 233.2 |
| Construcción o instalación nueva, movimientos de tierras, casa prefabricada | Licencia urbanística | 232 |
| Edificio protegido o catalogado, intervención con trascendencia patrimonial | Licencia urbanística | 232.f |
Piscina y terraza: los casos que hay que verificar
Construir una piscina supone excavar y realizar una obra nueva: el artículo 232 somete ambas operaciones a licencia (movimientos de tierras, construcciones e instalaciones nuevas). La reforma del revestimiento de un vaso existente no entra en estas categorías: pregunta al ayuntamiento cómo la clasifica.
Para una terraza, todo depende de lo que implique: un cambio de revestimiento, una nueva solera, un movimiento de tierras o una cubierta. Describe el proyecto al ayuntamiento, con fotos, antes de presentar nada.
Si tu terreno está clasificado como suelo no urbanizable, se aplica un régimen propio a las construcciones (artículos 210 y siguientes del TRLOTUP): verifica esta clasificación antes de cualquier proyecto de construcción.
Qué contiene el expediente
El artículo 241.2 del TRLOTUP enumera los documentos que acompañan a una declaración responsable:
- la identidad del promotor y del resto de agentes de la edificación;
- una descripción escrita y gráfica de la obra y su ubicación;
- un proyecto firmado por personal técnico competente, cuando la naturaleza de la obra lo exija;
- la documentación ambiental, en su caso;
- la fecha de inicio prevista y la gestión de los escombros y de la vía pública.
El ICIO, el impuesto municipal sobre las obras
Los ayuntamientos pueden establecer el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Grava tanto las obras sujetas a licencia como las sujetas a declaración responsable (artículos 59 y 100 del TRLRHL).
Se calcula sobre el coste de ejecución material de la obra, sin incluir el IVA, las tasas, los honorarios ni el beneficio de la empresa. Cada ayuntamiento fija su tipo, sin superar el 4 %, y el impuesto se devenga desde el inicio de la obra, incluso sin licencia (artículo 102).
Un andamio instalado en la vía pública requiere además una autorización de ocupación del dominio público, distinta de la declaración (artículo 233 del TRLOTUP).
En Busot, a quién dirigirse
El servicio de Urbanismo del Ayuntamiento de Busot está en la calle Doctor Brotons, 4, planta baja. Responde en el 965 69 81 56 y en busot@busot.es; los trámites también pueden hacerse en la sede electrónica del ayuntamiento.
En otro municipio de la provincia, el principio es el mismo: el servicio de urbanismo del ayuntamiento indica el régimen de tu obra y la documentación necesaria.
Si nos pides un presupuesto, adjunta fotos y una descripción de la obra: esa misma descripción te servirá para el expediente en el ayuntamiento.
Fuentes oficiales
- Decreto Legislativo 1/2021, texto consolidado del TRLOTUP, artículos 210 a 212 y 232 a 241 (BOE)
- Real Decreto Legislativo 2/2004, texto consolidado del TRLRHL, artículos 59, 100 y 102 (BOE)
- Ayuntamiento de Busot, servicio de urbanismo
Información general, redactada a partir de los textos oficiales citados y verificada en la fecha indicada. No sustituye al criterio de tu ayuntamiento, tu asesor fiscal o tu arquitecto, los únicos que pueden resolver tu caso concreto.
Verificado el
